La Cámara de Diputados de República Dominicana aprobó ayer martes, con 132 votos a favor y seis en contra, la penalización del aborto en el proyecto de Ley que crea el Nuevo Código Penal, que dispone una pena de entre cuatro a diez años de prisión al que provoque un aborto a una mujer.
El párrafo eliminado referente al aborto expresa que «la interrupción del embarazo por causa de violencia, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establecen mediante la ley especial.
Por lo que el aborto, en cualquier caso, no estará sujeto a ninguna ley especial y se castigará con penas de dos a tres años a la mujer y aquella persona que le ayude. Del mismo modo, el médico, enfermero, cirujano, farmacéutico u otro profesional que colabore será condenado a una pena de entre cuatro y diez años de prisión, tal y como recoge el diario dominicano ‘Diario Libre’.
Además, la iniciativa, que establece también un aumento de las penas incluso de 30 a 40 años como máximo dependiendo del caso, así como una acumulación de condena hasta llegar a los 60 años de prisión, fue declarada de urgencia.
En el año 2014, el presidente Danilo Medina ya estudió el artículo referente al aborto en el Código Penal, con el objetivo de que los legisladores especificasen las excepciones que deben prevalecer en caso de penalizar la interrupción del embarazo.
El presidente de la Comisión de Justicia, Demóstenes Martínez, señaló que «planteamos el nuevo Código Penal sea la inmediata aplicación, tan pronto lo aprueben ambas cámaras y lo promulgue el Poder Ejecutivo».
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